Abril 2023… nueva presentación de la declaración de renta.
Llega la temporada de presentar la declaración de la Renta y muchas personas se sienten abrumadas por la complejidad de este trámite. Sin embargo, si se siguen algunos tips, el proceso puede ser mucho más sencillo.
En primer lugar, es importante asegurarse de que se cuenta con todos los documentos necesarios para realizar la declaración. Entre ellos, destacan los certificados de retenciones. También conviene tener a mano la información relativa a los rendimientos del trabajo, las ganancias patrimoniales, los gastos deducibles y cualquier otra información relevante.
Una vez que se ha chequeado toda la documentación, conviene revisarla con detenimiento para asegurarse de que no hay errores o inexactitudes. Hay que prestar especial atención a los datos personales y familiares, que pueden afectar a la tributación, como por ejemplo si se ha tenido un hijo durante el año 2022.
Otro consejo útil es aprovechar las deducciones fiscales que están a nuestra disposición. Existen deducciones por compra de vivienda habitual -adquirida antes de 2013-, por alquiler de vivienda, por obras de eficiencia energética en la vivienda o por haber realizado donativos.
Este año hay algunas novedades a tener en cuenta, como veremos en la sesión del próximo 19 de abril con Samuel Cruz.
La más importante es la reducción de las aportaciones a los planes de pensiones, que disminuye de 2.000€ a 1.500€. No obstante, si se han realizado aportaciones a un plan de empresa se pueden reducir hasta 8.500€ adicionales, siempre que el trabajador haya aportado la misma cuantía que la empresa.
Por otro lado, las madres con hijos menores de 3 años que estuvieron en situación de ERTE en 2020 o 2021 y que no aplicaron la deducción por maternidad, ahora en esta declaración podrán aplicar las cantidades no deducidas en dichos años y la propia deducción que corresponda de 2022.
Los inversores en criptomonedas deberán declarar sus ganancias o pérdidas conforme a las nuevas casillas que prevé el modelo. A estos efectos, se debe diferencia en función de lo que se ha recibido a cambio de las criptomonedas: euros, otra criptomoneda, un NFT o un bien o servicio.
Aunque no se esté obligado a presentar la declaración, conviene presentarla si se reside en alguna CCAA que en 2022 ha deflactado la tarifa, bajado tipos o actualizado los mínimos personales y familiares, ya que seguramente le habrán retenido una cuantía superior a la cuota resultante del Impuesto y ahora le saldrá a devolver.
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Comisión de jóvenes economistas