El Consejo de Ministros ha aprobado en segunda vuelta el Proyecto de Ley que transpone la Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE sobre cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, conocida como DAC8.
Esta norma introduce importantes cambios en las obligaciones tributarias relacionadas con las criptomonedas, reforzando los deberes de información que deberán cumplir los proveedores de estos activos.
Criptoactivos en el punto de mira fiscal
La nueva regulación supondrá un mayor control sobre los activos en criptoactivos situados en el extranjero, así como sobre los saldos mantenidos en ellos. Además, se sustituye oficialmente el término “moneda virtual” por el de “criptoactivo”, en línea con la evolución normativa y tecnológica.
Asimismo, el texto incorpora modificaciones en la Ley General Tributaria relacionadas con la prescripción, con el objetivo de adecuarse a la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo.
Una reforma que afecta a varias leyes fiscales
El Proyecto de Ley implicará la modificación de hasta cuatro normas tributarias:
- La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para incorporar los cambios en materia de prescripción, recaudación, asistencia mutua y obligaciones de información.
- La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.
- Las leyes del Impuesto sobre Sociedades, de la Renta de no Residentes y del Patrimonio, que también sufrirán ajustes parciales.
- La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que también será modificada.
Un nuevo estándar de intercambio de información
La DAC8 traslada al derecho europeo el nuevo Marco de comunicación de información sobre criptoactivos de la OCDE, sustituyendo el anterior Estándar común de comunicación de información. Esto supondrá en la UE un refuerzo de las obligaciones de información y diligencia que deben cumplir los proveedores de criptoactivos.
La norma afectará a cualquier persona que posea estos activos, ya que la Administración tributaria recibirá información sobre usuarios tanto residentes en España como no residentes.
Este refuerzo del marco legal también contribuirá a consolidar la cooperación internacional, ya que se facilita el cumplimiento de las obligaciones de asistencia mutua en el ámbito de la Unión Europea, y su extensión a otras jurisdicciones mediante acuerdos de intercambio de información.
Cambios relevantes en prescripción y recaudación
Respecto a la prescripción, la norma asume la jurisprudencia recogida en las sentencias del Tribunal Supremo 1022/2023, 1023/2023 y 1137/2023, en relación con la responsabilidad tributaria. Esto implica reconocer la separación entre la facultad de declarar una responsabilidad y la de exigir su cobro, considerándolas como acciones diferenciadas.
En cuanto a la recaudación, se adapta el marco legal para reconocer expresamente a las criptomonedas como bienes embargables. Esta posibilidad también se extiende a los bienes y derechos localizados en entidades de pago y de dinero electrónico, lo cual representa un paso necesario para adaptar la normativa a una realidad tecnológica en constante evolución.
¿Por qué es relevante para los economistas del mañana?
Como joven economista, este tipo de reformas no solo representan nuevos conocimientos técnicos, sino también oportunidades profesionales: especialización en fiscalidad digital, consultoría en criptoactivos, asesoría tributaria internacional… El nuevo marco normativo refuerza la importancia de una formación continua y transversal, capaz de adaptarse a la velocidad del cambio tecnológico.