Novedades sobre medidas tributarias y otras modificaciones de carácter fiscal para el 2024

Con fecha 28 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE, el Real Decreto-Ley 8/2023 por el que se prorrogan diversas medidas tributarias y/o se realizan modificaciones de carácter fiscal que afectan directamente en el ejercicio 2024, entre otras aprobadas con anterioridad, pero con efectos en el nuevo ejercicio.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS 

Este impuesto es el que más novedades presenta de cara a este 2024, con modificaciones que generarán cierta controversia en los obligados a su presentación:

  • Se mantiene el límite de 15.000€ para la obligación de declarar en caso de percibir rendimientos del trabajo de más un pagador, siempre que el segundo y sucesivos pagadores se hayan obtenido más de 1.500€.
  • Los autónomos estarán obligados a presentar su declaración de IRPF independientemente de sus ingresos.
  • Disminuye el porcentaje de reducción aplicable al rendimiento neto positivo del capital inmobiliario, que ahora es del 50%. Afectará a los contratos firmados desde 1 de enero de 2024.
  • Las mujeres con hijos menores de tres años que tienen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes podrán reducir la cuota del impuesto hasta en 1.200€/anuales por cada hijo menor de tres años. Podrán hacerlo aunque perciban prestaciones contributivas o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • Aquellos vehículos eléctricos adquiridos entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 que no estén afectos a actividades económicas, tendrán una deducción del 15% de su valor de adquisición.
  • Se prorrogan para el periodo impositivo 2024 los límites excluyentes del método de estimación objetiva, las cifras de exclusión son:
    • 250.000€ para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales.
    • 250.000€ si es supera esta cifra en el volumen de las compras en bienes y servicios, el año anterior (excluyendo adquisición de inmovilizado)
    • 125.000€ en el caso de que el volumen de rendimientos íntegros del año inmediato anterior corresponda a operaciones por las que estén obligados a expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional.
  • Con efectos 1 de enero de 2024 y con la finalidad de fomentar la eficiencia energética, se amplía por un año más la deducción por obras de mejora de eficiencia energética tanto en viviendas unifamiliares como en comunidades de propietarios.
  • Desde este año, las plataformas que facilitan la venta o alquiler de bienes y oferta de servicios como Wallapop, Milanuncios o Airbnb deberán realizar una declaración extraordinaria ante la AEAT con los movimientos y datos del usuario. Este tipo de ventas tributarán como ganancias patrimoniales en la declaración de IRPF.
  • Pese a las sentencias anteriores contrarias a esta modalidad, se modifica el artículo 96 añadiendo la obligación de presentación por medios electrónicos de la liquidación anual de IRPF.
  • La deducción por donativos se incrementa desde el 1 de enero de 2024 de 150 a 250€ y se eleva del actual 35% al 40% con carácter general.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Se prorroga durante un año más la deducción por libertar de amortización de inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables, para fomentar la implantación de eficiencia energética en las empresas.
  • Entrará en vigor la modificación de la regla general de deducibilidad de los gastos financieros, por la cual el beneficio operativo no podrá incluir los ingresos, gastos o rentas que no se hubieran integrado en la base imponible de este impuesto, y se podrá empezar a recuperar el efecto de la limitación a la compensación de BINS individuales en los grupos fiscales para los ejercicios iniciados en 2023.
  • Aquellas sociedades que facturen menos de 1 millón de euros, tendrán un tipo impositivo del 23% en lugar del 25% que se aplicaba hasta ahora.

IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS 

Se prorroga la aplicación de este controvertido tributo, en tanto no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en el contexto de la futura reforma del sistema de financiación autonómica previsto en este ejercicio. El mínimo exento se fija en 700.000€ a todos los sujetos pasivos del impuesto, con independencia de su residencia o no en España.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 

Se prorroga hasta el 30 de junio de 2024:

  • El tipo impositivo del 5% en las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de aceites de oliva, semillas y pastas alimenticias.
  • Tipo impositivo del 0% para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes de primera necesidad: pan común, harinas panificables, determinados tipos de leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas y cereales. Se aumenta el tipo impositivo del 5% actual al 10% de las siguientes operaciones:
  • Determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica, a favor de los siguientes sujetos pasivos: Titulares de contratos de suministros de electricidad cuya potencia contratada sea inferior a 10kw y/o titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social y tengan reconocida la condición de vulnerables severo o riesgo de exclusión social severo.
  • Las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural.
  • Las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y “pellets” procedentes de biomasa y a la madera para leña.

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

Desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo de 2024 el Impuesto Especial sobre la Electricidad, pasará de un 0,5% a un 2,5%. Asimismo, desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, este tipo impositivo será de un 3,8%.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA

Se elimina la suspensión de este tributo, en 2024 su base imponible se verá minorada en un 50% y en un 25% durante el primer y segundo trimestre respectivamente.

IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

Con efectos 1 de enero de 2024, se actualizan los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento de devengo, según el periodo de generación.

Leticia Gilda Golpe, Asesora Fiscal
Leticia Gilda Golpe, Asesora Fiscal de la Comisión de Jóvenes del Colegio de Economistas de A Coruña

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